viernes, 8 de febrero de 2013

El capital minero depredador y la defensa integral del patrimonio cultural


De: Ricardo Melgar <melgarr@gmail.com>
Fecha: 8 de febrero de 2013 07:57
Asunto: El capital minero depredador y la defensa integral del
patrimonio cultural
Para:


8 de Febrero de 2013

Gilberto López y Rivas

La minería y la defensa integral del patrimonio

Si partimos de un concepto amplio de patrimonio cultural, esto es:
natural, tangible e intangible, lenguas, conocimientos o saberes,
diversas prácticas e instituciones culturales de pueblos, etnias,
entidades locales, regionales y nacionales; monumentos y vestigios
arqueológicos, históricos coloniales y poscoloniales, así como los
artísticos muebles e inmuebles; todos ellos considerados bienes de
dominio público y uso común que constituyen la memoria y conforman la
identidad de naciones, pueblos y componentes regionales y locales, es
posible adelantar la hipótesis de que el estudio, la preservación y la
defensa de ese patrimonio de todos los mexicanos debieran ser
realizados, igualmente, desde esa perspectiva integral.

Hago esta reflexión dado que como trabajadores de la cultura en el
Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), los
investigadores nos encontramos ante una paradoja: la Ley Federal sobre
Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su
reglamento otorgan a esta institución la responsabilidad de "liberar"
o no un sitio que podría ser afectado, por ejemplo, debido a la
apertura de una mina a cielo abierto. Un caso concreto es el cerro del
Jumil, municipio de Temixco, en las cercanías de la poligonal de la
zona arqueológica de Xochicalco, Morelos. El cerro está en peligro de
ser convertido en uno más de los socavones lunares que la maldición
minera provoca para extraer el oro o la plata para las corporaciones,
a cambio de dádivas, espejitos y cuentas de vidrio de la
recolonización, empleos precarios y mal pagados, robo de agua en
grandes cantidades y envenenamiento de todo el entorno natural y
acuífero.

Para otorgar la "liberación" o no del sitio, los arqueólogos tienen la
obligación de presentar un informe-dictamen fundado en investigaciones
exploratorias, que las autoridades del INAH debieran, en principio,
tomar en cuenta. Pero sucede que muchas veces una opinión negativa es
recusada por la empresa y entonces se solicita "otro dictamen" más
"comprensivo", hasta que el sitio queda eventualmente libre de todo
impedimento para que, siguiendo con el ejemplo del cerro del Jumil, la
mina inicie la explotación.

Paralelamente, las corporaciones mineras inician un trabajo de
aproximación, o en el lenguaje coloquial, de maiceado de las
autoridades comunales o ejidales, según sea el caso, para ser
convencidas de la utilidad que traería la mina; se otorgan fondos para
"reparar la iglesia", se ayuda a la escuela del lugar con pequeños
donativos, se ofrecen trabajos de peones para la exploración pero,
sobre todo, se aseguran que el comisariado en cuestión esté
"plenamente convencido". Los abogados de las mineras inician este
mismo proceso en todo el entramado de los gobiernos locales, estatales
y federales, invitando a funcionarios a comidas en las que seguramente
no se habla sobre el tiempo o el equipo de futbol favorito.

Sin embargo, los investigadores del INAH que estudiamos los
patrimonios de los pueblos contemporáneos no somos requeridos para
"liberar" ningún sitio porque se privilegia el patrimonio muerto, el
de los vestigios de las grandes civilizaciones mesoamericanas, sin que
la ley referida contemple el de sus descendientes vivos. Volvamos al
ejemplo del cerro del Jumil. Aquí sabemos que existe un dictamen
fechado en 2008 desfavorable a la mina La Esperanza (sic), en el que
se sostiene que este cerro es importante arqueológicamente, dotado de
varias plataformas, una muralla de piedra caliza y un juego de pelota.
También se afirma que el cerro, las rocas naturales y las
construcciones en la cima fueron referencia geográfica para el trazado
de plazas y edificios de Xochicalco, declarado Patrimonio de la
Humanidad en 1999 y del que dista poco más de tres kilómetros en línea
recta. Se ha mencionado por los especialistas que las explosiones de
la mina podrían perjudicar las grandes cavernas que existen al norte
de Xochicalco, incluyendo la cueva del Observatorio.

En un acto académico del INAH se dio a conocer también que en 2011 se
estableció una poligonal de 15 hectáreas en la cima para resguardar
los vestigios arquitectónicos, a fin de manifestar esta área como
reserva arqueológica para su posterior estudio. No obstante, ¿cuál fue
el dictamen final del INAH, concretamente, de la Coordinación de
Arqueología? No lo sabemos, aunque ya estamos requiriendo la
información en nuestra calidad de investigadores de la institución y
ciudadanos.

Ahora bien, ¿qué sucede con el entorno cultural actual del cerro del
Jumil? La explotación minera, que se encuentra en la etapa de
exploración avanzada y comprende 437 hectáreas, afectaría en primer
lugar al pueblo de origen nahua Tetlama, cuyas tierras de propiedad
comunal cubren la superficie concedida a la minera. Los pozos de agua
que planean abrir para los trabajos que la corporación requiere
afectarían directamente la vida de esta población, así como las
circundantes e, incluso, a la propia ciudad de Cuernavaca, en su
región sur, que se encuentra a tan sólo 12 kilómetros en línea recta.
¿Adónde irían a parar los residuos contaminados y las sustancias
tóxicas que se utilizan en este tipo de minería? Además, se tendría
contaminación por aire en las ciudades cercanas de Temixco y
Cuernavaca, por los vientos dominantes que van en esta zona de sureste
a suroeste.

No todos los habitantes de Tetlama están de acuerdo con la apertura de
la mina y algunos ciudadanos de esta comunidad indígena están
conscientes de los daños que ésta traería, y han manifestado su
decisión de no aceptar el despojo de sus tierras y territorios;
asimismo, en Alpuyeca y otros poblados del entorno existen núcleos de
oposición a la minera. En suma, como etnólogo del INAH, mi dictamen
sería negativo a La Esperanza (sic) en el cerro del Jumil y opuesto,
en consecuencia, a su "liberación".
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